Datos personales

viernes, diciembre 04, 2009

RUC



REGISITRO UNIFICADO DE CONTRIBUYENTES

1. ¿Qué es RUC?

El Registro Único de Contribuyentes (RUC) es el registro informático a cargo de la SUNAT que contiene los datos de identificación y de las obligaciones tributarias de los contribuyentes de los tributos administrados y/o recaudados por la SUNAT, de la información vinculada a sus actividades económicas, así como la información de sus responsables.

El número de RUC, es el número de once (11) dígitos que identifica al contribuyente ante la SUNAT, luego que a este se le confirma su inscripción, en dicho registro. Es de uso obligatorio para cualquier gestión que se realice ante la Administración Tributaria y otras dependencias de la Administración Pública que la SUNAT establezca. Dicho número tiene carácter permanente y es de uso exclusivo de su titular.

2. ¿Quiénes deben inscribirse en el RUC?
Todas las personas naturales o jurídicas, sucesiones indivisas, sociedades de hecho u otros entes colectivos, nacionales o extranjeros, domiciliados o no en el país, que sean contribuyentes y/o responsables de tributos administrados y/o recaudados por SUNAT.
Asimismo, deberán inscribirse en el Registro, los sujetos que soliciten la devolución del IGV o IPM al amparo de lo dispuesto por el Decreto Legislativo N° 783 y modificatorias, los sujetos que se acojan a los Regímenes Aduaneros o a los Destino Aduaneros Especiales o de Excepción previstos en la Ley General de Aduanas; y los que por los actos u operaciones que se realicen la SUNAT considere necesaria su incorporación al registro.
Para inscribirse en el RUC, el contribuyente debe conocer previamente la renta que genera, el régimen tributario y/o el tributo que le corresponda como agente retenedor.

3. ¿Quiénes no deben inscribirse?
No deben inscribirse en el RUC, siempre que no tuvieran la obligación de inscribirse en dicho registro por alguno de los motivos indicados en el punto anterior:
Las personas naturales que perciban exclusivamente rentas consideradas de quinta categoría según las normas del Impuesto a la Renta.
Las personas naturales, sociedades conyugales y sucesiones indivisas que perciban exclusivamente intereses provenientes de depósitos efectuados en las Instituciones del Sistema Financiero Nacional autorizadas por la Superintendencia de Banca y Seguros.
c. Las personas naturales que perciban exclusivamente, o en forma conjunta, los ingresos señalados en los incisos precedentes.

Las personas naturales, sociedades conyugales y sucesiones indivisas que sean sujetos del Impuesto a las Transacciones Financieras, Impuesto de Solidaridad en favor de la Niñez Desamparada y el Impuesto Extraordinario para la Promoción y Desarrollo Turístico Nacional.
Las personas naturales, sucesiones indivisas y sociedades conyugales que ejerzan la opción sobre atribución de rentas prevista en el artículo 16° de la Ley del Impuesto a la Renta, que empleen a trabajadores del hogar o que eventualmente contraten trabajadores de construcción civil para la construcción o refacción de edificaciones, no relacionadas con su actividad comercial.
Los no domiciliados cuyas rentas están sujetas a retención en la fuente.
Las personas naturales que realicen en forma ocasional importaciones o exportaciones de mercancías, cuyo valor FOB por operación no exceda de mil dólares americanos (US $ 1,000.00) y siempre que registren hasta tres (3) importaciones o exportaciones anuales como máximo.
Las personas naturales que por única vez, en un año calendario, importen o exporten mercancías, cuyo valor FOB exceda los mil dólares americanos (US $ 1,000.00) y siempre que no supere los tres mil dólares americanos (US $ 3,000.00).
Las personas naturales que realicen el tráfico fronterizo limitado a las zonas de intercambio de mercancías destinadas al uso y consumo doméstico entre poblaciones fronterizas, en mérito a los Reglamentos y Convenios Internacionales vigentes, hasta por el monto o cantidad establecidos en los mismos.
Los sujetos que efectúen o reciban envíos o paquetes postales de uso personal y exclusivo del destinatario, transportados por el servicio postal o los concesionarios postales o de mensajería internacional.
Los sujetos que efectúen el ingreso o salida temporal y permanencia de vehículos para turismo.
Los miembros del servicio diplomático nacional o extranjero, que en el ejercicio de sus funciones, importen o exporten sus vehículos y menaje de casa.
Los discapacitados por la importación de prótesis y hasta un vehículo exonerado, de acuerdo a lo dispuesto en la Ley General de la persona con discapacidad.
Las personas naturales que efectúen el ingreso o salida del equipaje y menaje de casa, así como las operaciones temporales reguladas en el Reglamento de Equipaje y Menaje de Casa.
Las personas naturales no residentes en el país que efectúen el reembarque de mercancías arribadas con su equipaje.
Asimismo, no es de aplicación la exigencia de la inscripción en el RUC y se rigen por sus propias normas: el ingreso, permanencia y salida de los muestrarios para exposiciones o ferias internacionales.

4. ¿Cuándo deben inscribirse?
Usted debe inscribirse en el Registro Único de Contribuyentes – RUC, siempre que inicie sus actividades, dentro de los 30 días calendarios siguientes a la fecha de su inscripción, para lo cual deberá cumplir con lo indicado en el anexo 1 del Reglamento.
Ese mismo plazo se deberá observar en el caso la presentación de solicitudes de devolución o de realizar los procedimientos con las siguientes entidades:

Ministerio de la Producción (PRODUCE).
Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (MINCETUR).
Ministerio de Energía y Minas (MEM).
Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (1).
Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) (1).
Instituto de Defensa de la Competencia y de la Propiedad Intelectual (INDECOPI) (1).
Superintendencia de Banca y Seguros (SBS) (1).
Comisión Nacional Supervisora de Empresas y Valores (CONASEV) (1).
Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (CONSUCODE) (1).
Servicio Nacional de Sanidad Agraria (SENASA) (1).
Instituto Nacional de Recursos Naturales (INRENA) (1).
Municipalidad Metropolitana de Lima (1).
Dirección General de Capitanías y Guardacostas (1).

Igualmente se ha considerado la exigencia del RUC, durante la tramitación de las solicitudes de crédito comercial y crédito a la microempresa realizadas ante las Entidades del Sistema Financiero (1).

(1). Incluidos a partir del 3 de enero del 2005.
Los procedimientos involucrados están detallados en el anexo 6 del Reglamento.
Además, en los casos de regímenes y/u operaciones aduaneros o destinos aduaneros especiales o de excepción, deberá realizarlo dentro de los treinta días y hasta cinco (5) días calendarios anteriores a la fecha de la destinación aduanera.
Por ejemplo, si usted se inscribe el 1 de octubre de 2004, deberá iniciar operaciones a más tardar el 1 de noviembre del mismo año.
Se entiende por inicio de actividades, a la fecha en la cual el contribuyente y/o responsable comienza a generar ingresos gravados o exonerados, o adquiere bienes y/o servicios deducibles para efectos del Impuesto a la Renta.
En el caso de los sujetos inafectos del Impuesto a la Renta se considerará la fecha en que comienzan a generar ingresos o adquieren por primera vez bienes y/o servicios relacionados con su actividad.
En el caso de los sujetos inafectos del Impuesto a la Renta se considerará la fecha en que comienzan a generar ingresos o adquieren por primera vez bienes y/o servicios relacionados con su actividad.

5. Inscripción de personas naturales, sociedades conyugales y sucesiones indivisas
Si usted se inscribe personalmente en el RUC, podrá prescindir de los formularios de inscripción, para lo cual deberá exhibir el original y presentar fotocopia de:
Documento de identidad del titular, del representante legal, del cónyuge que representante a la sociedad conyugal o a la sucesión indivisa, según corresponda.
Uno de los siguientes documentos:
§ Recibo de agua, luz, telefonía fija, televisión por cable cuya fecha de vencimiento de pago se encuentre comprendida en los últimos dos (2) meses; o la última declaración jurada de predio o autoevalúo.
§ Contrato de alquiler o cesión en uso del predio con firmas legalizadas notarialmente.
§ Acta probatoria emitida por el fedatario de la SUNAT, con una antigüedad no mayor de dos (2) meses.
§ En caso de mercados, galerías o centros comerciales: Carta firmada por el presidente de la asociación de comerciantes, inscrita en el RUC, indicando el domicilio, la misma que deberá tener una antigüedad no mayor de quince (15) días calendario.
§ Ficha registral o partida electrónica con la fecha de inscripción en los Registros Públicos o Escritura Pública de la propiedad inscrita en los Registros Públicos.
§ Contrato compra-venta del inmueble o título de propiedad emitido por COFOPRI.
§ Constancia de la junta de usuarios o comisión de regantes en la cual se acredita al conductor del predio como usuario de las aguas de la zona geográfica en donde se ubica el predio o recibo del pago de los derechos sobre el uso del agua para fines agrícolas con una antigüedad no mayor de dos (2) meses.
§ Constancia de numeración emitida por la Municipalidad Distrital correspondiente.

La SUNAT se reserva el derecho de verificar el domicilio fiscal declarado por el contribuyente.
Adicionalmente, las sociedades conyugales o sucesiones indivisas deben exhibir el original y presentar la fotocopia simple de la partida de matrimonio civil o de la partida de defunción del causante, según corresponda.
Si con ocasión de la inscripción se declara(n) representante(s) legal(es) se deberá exhibir y/o presentar el original y fotocopia simple del documento o la ficha registral o partida electrónica (antigüedad no mayor a 30 días calendario) en el que conste el nombramiento o la remoción del representante legal.
En el caso de la declaración de establecimiento(s) anexo(s) deberá exhibir el original y presentar fotocopia de uno de los documentos que sustenta el domicilio del local anexo.
Para inscribirse en el RUC, usted puede autorizar a una tercera persona, quien adicionalmente deberá:
Exhibir el original y presentar fotocopia de su documento de identidad.
Presentar carta poder con firma legalizada notarialmente o autenticada por fedatario de la SUNAT, que lo autorice expresamente a realizar el trámite de inscripción en el RUC.
El trámite de inscripción en el RUC se realiza de manera personal, por el titular o su representante legal en nuestros Centros de Servicios al Contribuyentes y dependencias en el ámbito nacional, en donde se encuentre el domicilio fiscal que declara el contribuyente.
Dicho trámite podrá ser efectuado por una persona autorizada, la cual adicionalmente, deberá:
Exhibir el original y presentar fotocopia de su documento de identidad
Presentar una carta poder con firma legalizada notarialmente o autenticada por fedatario de la SUNAT
Presentar los siguientes formularios correctamente llenados y firmados por usted:
Formulario N° 2119 "Solicitud de inscripción o comunicación de afectación de tributos".
Formulario N° 2046 "Establecimientos Anexos" (solo en el caso de contar con establecimiento anexo distinto al señalado como domicilio fiscal).

6. Inscripción de Personas Jurídicas u otras entidades
Cuando la inscripción en el RUC la realiza personalmente el representante legal de la persona jurídica u otros tipos de contribuyentes, podrá prescindir de los formularios de inscripción. Para lo cual deberá exhibir el original y presentar fotocopia de los siguientes documentos:
Documento de identidad del representante legal
Uno de los siguientes documentos del local donde realizará sus actividades:
§ Recibo de agua, luz, telefonía fija, televisión por cable cuya fecha de vencimiento de pago se encuentre comprendida en los últimos dos (2) meses; o la última declaración jurada de predio o autoevalúo.
§ Contrato de alquiler o cesión en uso del predio con firmas legalizadas notarialmente.
§ Acta probatoria emitida por el fedatario de la SUNAT, con una antigüedad no mayor de dos (2) meses.
§ En caso de mercados, galerías o centros comerciales: Carta firmada por el presidente de la asociación de comerciantes, inscrita en el RUC, indicando el domicilio, la misma que deberá tener una antigüedad no mayor de quince (15) días calendario.
§ Ficha registral o partida electrónica con la fecha de inscripción en los Registros Públicos o Escritura Pública de la propiedad inscrita en los Registros Públicos;
§ Contrato compra-venta del inmueble o título de propiedad emitido por COFOPRI;
§ Constancia de la junta de usuarios o comisión de regantes en la cual se acredita al conductor del predio como usuario de las aguas de la zona geográfica en donde se ubica el predio o recibo del pago de los derechos sobre el uso del agua para fines agrícolas con una antigüedad no mayor de dos (2) meses.
§ Constancia de numeración emitida por la Municipalidad Distrital correspondiente.
Exhibir original y presentar la fotocopia simple del Testimonio de la Escritura Pública de constitución, de la Resolución, del Acta de Constitución, Pacto Social, Constancia, Poder, Contrato, Declaración de Voluntad de Constitución o del documento que acredite su constitución, existencia o conformación expedido por la autoridad o persona competente, así como los documentos que acrediten su inscripción, constitución o la fotocopia simple de la norma legal de creación, según corresponda. Ver detalle de requisitos específicos en anexo 1 del Reglamento
Si con ocasión de la inscripción se declara(n) representante(s) legal(es) se deberá exhibir y/o presentar el original y fotocopia simple del documento o la ficha registral o partida electrónica (antigüedad no mayor a 30 días calendario) en el que conste el nombramiento o la remoción del representante legal.
En el caso de la declaración de establecimiento(s) anexo(s) deberá exhibir el original y presentar fotocopia de uno de los documentos que sustenta el domicilio del local anexo.
El trámite de inscripción en el RUC se realiza de manera personal, por el representante legal en nuestros Centros de Servicios al Contribuyentes y dependencias en el ámbito nacional, en donde se encuentre el domicilio fiscal que declara el contribuyente.
Dicho trámite podrá ser efectuado por una persona autorizada, la cual adicionalmente, deberá:
· Exhibir el original y presentar fotocopia de su documento de identidad
· Presentar una carta poder con firma legalizada notarialmente o autenticada por fedatario de la SUNAT
· Presentar los siguientes formularios correctamente llenados y firmados por usted:
1. Formulario N° 2119 "Solicitud de inscripción o comunicación de afectación de tributos".
2. Formulario N° 2054 " Representantes Legales, Socios de Sociedades de Hecho y/o Integrantes de Asociaciones en Participación"
3. Formulario N° 2046 "Establecimientos Anexos" (solo en el caso de contar con establecimiento anexo distinto al señalado como domicilio fiscal).

Ejemplo del registro del Registro Unificado de Contribuyentes:
· Hoja de resumen del registro para la obtención del RUC en línea


Una vez confirmados los datos ingresados, se entrega la Constancia de Inscripción al Ruc por Internet. Esta información también es enviada al mail registrado.
Nota: Para poder activar el número de RUC, se debe acercar al Centro de Servicios al Contribuyente, con DNI y copia del mismo. Además la copia y el original, en mi caso, del recibo telefónico que verifique el domicilio registrado en la inscripción.

BASES LEGALES PARA LA CONSTITUCION DE UNA EMPRESA EN EL PERU








PASOS QUE DEBEN SEGUIR PARA LA FORMACIÓN, CONSTITUCIÓN O CONSTRUCCIÓN DE UNA SOCIEDAD O EMPRESA EN EL PERÚ




Para Constituir una empresa en Perú deberá considerar lo siguiente:





Trámites legales de constitución





1.- Definir el tipo de sociedad, para lo cual podemos considerar una SAC Sociedad Anónima Cerrada.
1.1 Requiere de dos socios.
1.2 Designar un Gerente, si es extranjero requiere carné de extranjería.
1.3 Redactar el texto del objeto Social.
1.4 Tener un Domicilio en Algún Lugar del Perú para poder inscribirse en el Registro Tributario Ruc y Sunat.
1.5 Obtener permisos sectoriales cuando corresponda como, Petróleo, Minería, Salud, etc.
También es necesario señalar que las personas naturales extranjeras que participen como accionistas en la constitución de la sociedad deberán contar con visa de negocios expedida por el Consulado Peruano.
Las personas extranjeras pueden constituir empresas, firmar contratos, para lo cual deben hacer poner un sello en su pasaporte por Migraciones. No se aplica para aparecer como Gerente. En caso piense conseguir Residencia en Perú y Carnet de extranjería el sello no se debe aplicar o hacer.
Adquirir una empresa recién constituida.





2.-Definida la modalidad Societaria ahora una SAC se requiere desarrollar lo siguiente:
· Elaborar la minuta de constitución
· Elevar la Minuta a Escritura Pública
· Inscribir la Empresa en los Registros Públicos
· Tramitar el Registro Único de Contribuyentes (RUC) y la autorización para la impresión de facturas o boletas de pago.
· Inscribir a los trabajadores en ESSALUD.
· Obtener la autorización del Libro de Planillas del MINTRA
· Tramitar la licencia de funcionamiento en la Municipalidad de la zona donde se ubica la unidad productiva.
· Legalizar los libros contables ante notario público.
· Registrar la marca de los productos en INDECOPI.





DECIDIENDO LA MODALIDAD EMPRESARIAL





Las leyes del Perú reconocen diversas formas empresariales, entre las que se destacan la sociedad anónima, la sociedad comercial de responsabilidad limitada, la sucursal, la asociación en participación, el consorcio, entre otras.
En tal sentido, los inversionistas privados, sean personas naturales o jurídicas, tendrán que decidir si operarán a través de la constitución de una sociedad, del establecimiento de una sucursal, o de la celebración de contratos de naturaleza asociativa.
Dado que la sociedad anónima, la sucursal y los contratos de naturaleza asociativa son los más utilizados por los inversionistas privados, seguidamente presentamos sus aspectos más importantes.

LA SOCIEDAD ANONIMA



La sociedad anónima es una de las formas societarias que confieren a sus socios la limitación de su responsabilidad hasta el límite de su aporte. El capital social está representado por acciones, teniendo los socios la calidad de accionistas.
Las características principales de la sociedad anónima se describen a continuación:





a. Denominación
La sociedad anónima podrá adoptar cualquier denominación, pero deberá figurar necesariamente la indicación Sociedad Anónima, o las siglas "S.A.".
Tratándose de las modalidades especiales de sociedades anónimas en atención a su estructura societaria, capital social y número de accionistas, necesariamente deberá consignarse las siglas "S.A.C." para la Sociedad Anónima Cerrada ó "S.A.A." para la Sociedad Anónima Abierta.





b. Capital
El capital social está representado por acciones nominativas y se integra por aportes de los socios, quienes no responden personalmente por las deudas sociales.
Para que se constituya la sociedad es necesario que tenga su capital suscrito totalmente, y cada acción suscrita esté pagada, por lo menos, en un 25%. No se exige un monto mínimo de capital social, a efectos de constituir la sociedad.





c. Accionistas
El número de accionistas no puede ser menor a 2 personas naturales o jurídicas, residentes o no residentes, mientras que el número máximo es ilimitado. Salvo el caso de la S.A.C. en donde el número máximo de accionistas es veinte.





d. Constitución
Existen 2 formas de constituir una sociedad anónima; en un sólo acto (Constitución Simultánea), o en forma sucesiva (Constitución por Oferta a Terceros).
En ambos casos es imprescindible la intervención del Notario Público, al cual los fundadores de la sociedad deberán hacer entrega de la información y documentos necesarios para poder iniciar la constitución.
d.1 Constitución Simultánea
El aporte de capital social debe ser depositado en una cuenta abierta en una entidad bancaria que opere en el Perú. Los fundadores suscribirán una Minuta de Constitución, la cual deberá estar debidamente refrendada por un abogado colegiado en el Perú, y deberá ser elevada a Escritura Pública ante Notario, con la finalidad de que se inscriba en el Registro Mercantil de la Oficina Registral correspondiente al lugar donde se constituya.
d.2 Constitución por Oferta a Terceros
Los fundadores deberán redactar un programa de constitución que llevarán al Notario para efectos de legalizar sus firmas. Una vez legalizadas las mismas, se depositará en el Registro Mercantil de la Oficina Registral correspondiente al lugar donde se constituya a efectos de proceder a su publicación posterior, con la finalidad de encontrar potenciales suscriptores.
La asamblea de suscriptores deberá realizarse en el lugar y hora establecido en el programa, o en su defecto, en los que señale la convocatoria que hagan los fundadores. Dentro de los 30 días siguientes a la celebración de la asamblea, la persona o personas designadas, otorgarán la Escritura Pública de Constitución de la Sociedad, la cual deberá inscribirse en el Registro Mercantil del domicilio de la sociedad.





e. Costos de Organización
Los Gastos derivados de la constitución de la empresa son los siguientes:
Gastos Notariales, están referenciados por el monto de capital y por la extensión de la Escritura Pública
Gastos Registrales, la tasa a pagar es el 3/1000 del capital social. Otros gastos, comprende la inscripción del nombramiento de Directores, pago de honorarios de abogado, notario, etc.





f. Duración de la Sociedad Anónima
El tiempo de duración de la sociedad anónima puede ser determinado o indeterminado.





g. Aportes de los Accionistas
Los aportes pueden ser efectuados en moneda nacional y/o extranjera, así como en bienes físicos o tangibles o en contribuciones tecnológicas intangibles, que se puedan presentar bajo la forma de bienes físicos, documentos técnicos e instrucciones; que sean susceptibles de ser valorizados. Los aportes no dinerarios serán revisados por el Directorio.





h. Órganos de la Sociedad:
h.1 Junta General de Accionistas: Es la reunión de los accionistas debidamente convocada, para decidir asuntos propios de su competencia. Este órgano decide por mayoría, teniendo en cuenta el número de acciones en que se encuentra dividido el capital. Es el órgano máximo de la sociedad.
h.2 Directorio: Es elegido por la Junta General de Accionistas, debiendo ser inscrita dicha designación en el Registro Mercantil de la Oficina Registral correspondiente al lugar donde se constituya.
Para ser director no se requiere ser accionista; salvo que el Estatuto disponga lo contrario. Asimismo, puede ser Director un extranjero no domiciliado.
El número de directores será fijado en el estatuto, y en su defecto, lo determinará la Junta General. El número de directores no podrá ser inferior a tres.
El directorio tiene las facultades de representación legal y de gestión necesarias para la administración de la sociedad dentro de su objeto social.
El Directorio está obligado a formular la memoria, los estados financieros y la propuesta de aplicación de las utilidades en caso de haberlas. Los documentos anteriormente señalados deberán reflejar en forma clara y precisa, la situación económica y financiera de la sociedad, las utilidades obtenidas o las pérdidas sufridas y el estado de sus negocios.
h.3 Gerencia: El gerente es nombrado por el directorio, salvo que el estatuto reserve esa facultad a la Junta General.
Pueden existir varios gerentes si así lo determina el estatuto o lo acuerda la Junta General. La duración del cargo es por tiempo indefinido, salvo disposición contraria del estatuto o que el nombramiento se haga por un plazo determinado.
Las atribuciones del gerente se establecerán en el estatuto o al ser nombrado, de lo contrario, se presume que el gerente está facultado para la ejecución de los actos y contratos ordinarios correspondientes al objeto social.




i. Requisitos Contables
Las empresas se encuentran obligadas a llevar libros de contabilidad considerados como principales, los cuales deberán estar en castellano y expresados en moneda nacional, salvo que se trate de sociedades que hayan suscrito contratos especiales con el Estado y por tal motivo puedan llevar su contabilidad en moneda extranjera
Los principales libros contables son los siguientes:
Libro de Inventario y Balances, Libro Diario, Libro Mayor , Libro de Planillas de Remuneraciones, Libro de Actas, Libro Caja, Registro de compras, Registro de ventas.Previo a su utilización, los libros contables deberán legalizarse ante Notario Público, excepto el de Planillas, el cual se legalizará ante el Ministerio de Trabajo y Promoción Social, pagando la tasa correspondiente en el Banco de la Nación.

j. Dividendos
Sólo podrán pagarse dividendos sobre las acciones en razón de utilidades obtenidas o de reservas de libre disposición, siempre que el patrimonio no sea inferior al capital social.
La distribución de dividendos a los accionistas se realizará en proporción a las sumas que hayan desembolsado y al tiempo de integración al capital social. (Fuente: ProInversión).

CUADRO COMPARATIVO DE LAS MODALIDADES EMPRESARIALES





LOS CONTRATOS ASOCIATIVOS






Los contratos asociativos crean y regulan la participación e integración en negocios o empresas determinadas, en interés común de los intervinientes. Este tipo de contrato, no genera una persona jurídica, deberá constar por escrito y no está sujeto a inscripción en el Registro.
Existen 3 formas de contratos asociativos: el contrato de Asociación en Participación, el Consorcio y el Joint Venture.
Se considerará inversión extranjera directa a los recursos destinados a los contratos mencionados anteriormente, que otorguen al inversionista extranjero una forma de participación en la capacidad de producción, sin que ello suponga aporte de capital y que corresponde a operaciones comerciales de carácter contractual a través de las cuales el inversionista extranjero provee bienes o servicios a la empresa receptora a cambio de una participación en volumen de producción física, en el monto global de las ventas o en las utilidades netas de la referida empresa receptora. (Fuente: ProInversión).

FORMALIDADES ADMINISTRATIVAS
En adición a los requisitos legales mencionados anteriormente, existen ciertas formalidades que deben ser cumplidas por las empresas peruanas o extranjeras que deseen establecer empresas nuevas o sucursales.
1. Registro Único de Contribuyentes (RUC)
La Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (SUNAT), es el órgano administrador de tributos en el Perú. Tiene, entre otras funciones, la de registrar a los contribuyentes, otorgándoles el certificado que acredite su inscripción en el Registro Único de Contribuyentes.
Para su obtención se deberá presentar lo siguiente:
Testimonio de Constitución Social, debidamente inscrito ante el Registro correspondiente.
Recibo de agua o luz del domicilio fiscal. Formato de inscripción de RUC de la SUNAT Documento de identidad en original del representante legal Si el trámite lo realiza una tercera persona deberá presentar una carta poder simple otorgada por el representante legal con firma legalizada notarialmente, el documento de identidad en original de la tercera persona.

2. Requisitos exigidos según el tipo de actividad
En algunos casos, de acuerdo con la naturaleza de la actividad, se requiere del cumplimiento de algunos requisitos especiales. A continuación se detallan algunas actividades -sin que dicha enumeración sea excluyente, total o limitativa- que están sujetas a los requisitos especiales antes indicados:
a. Actividad Industrial Fiscalizada
La producción de algunos bienes tales como: armas, municiones o explosivos; prendas de uso militar o policial; y, productos e insumos químicos que se encuentran fiscalizados por dispositivos especiales; en tal sentido, para el inicio de este tipo de actividades, las empresas, luego de inscribirse en el RUC, deberán someterse a la verificación del Ministerio de la Producción - PRODUCE, y obtener su autorización expresa, luego de realizar los trámites necesarios ante las entidades competentes del Ministerio del Interior y Ministerio de Defensa, según corresponda.
b. Actividades Comerciales y de Servicios
b.1 Comercialización de productos e insumos químicos que se encuentran fiscalizados por dispositivos especiales; dichas empresas para iniciar actividades, luego de su inscripción en el RUC, deberán seguir el mismo procedimiento señalado en el literal a).
b.2 Comercialización de plaguicidas, productos farmacéuticos y biológicos de uso veterinario, alimentos para animales; dichas empresas para iniciar sus actividades, luego de su inscripción en el RUC, deberán previamente obtener la autorización correspondiente del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA.
b.3 Comercialización de flora y fauna que se encuentren fiscalizados por dispositivos especiales y por la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Flora y Fauna Silvestre; dichas empresas para iniciar actividades, deberán obtener previamente la autorización correspondiente del Ministerio de Agricultura.
b.4 Servicios de vigilancia y seguridad; dichas empresas para funcionar, luego de su inscripción en el RUC, deberán obtener la autorización correspondiente del Ministerio del Interior.
b.5 Servicios de fumigaciones de naturaleza agropecuaria; dichas empresas para iniciar sus actividades, luego de su inscripción en el RUC, deberán previamente obtener la autorización correspondiente del Servicio Nacional de Sanidad Agraria SENASA.

c. Actividades Turísticas
c.1 Agencias de viajes y turismo; las mismas que para ostentar la condición de "Agencia de Viajes y Turismo Acreditada" deberá presentar a la Dirección Nacional de Turismo o al Órgano Regional Competente lo siguiente:
Solicitud indicando datos generales de la empresa; Copia del RUC; Copia de la Licencia Municipal de Funcionamiento; y Formulario otorgado por la Dirección Nacional de Turismo o por el Órgano Regional Competente, de conformidad con lo establecido por el Decreto Supremo Nº037-2000-ITINCI.
c.2 Establecimientos de hospedaje que pretendan ostentar clase y categoría de acuerdo a la legislación vigente, los cuales deberán solicitar su clasificación y categorización ante la Dirección Nacional de Turismo, luego de inscritos en el RUC, de conformidad con el DS Nº 023-2001-ITINCI.
c.3 Casinos de juego; los mismos que deberán cumplir con los requisitos establecidos en su respectiva ley y normas reglamentarias y complementarias.
c.4 Tragamonedas; los mismo que deberán cumplir con los requisitos establecidos en el "Reglamento para la explotación de los juegos de casino y máquinas tragamonedas aprobado mediante DS 009-2002-MINCETUR.
c.5 Restaurantes que pretendan ostentar categoría de 1 a 5 Tenedores y/o ser calificados como turísticos, deberán solicitar su categorización ante la Dirección Nacional de Turismo, luego de su inscripción en el RUC.
c.6 Servicios de alojamiento; los mismos que, para iniciar actividades, luego de su inscripción en el RUC, deberán solicitar su autorización al órgano competente de acuerdo al Decreto Supremo Nº 10-95-ITINCI.
d. Servicio de Transporte Terrestre Interprovincial e Internacional
Para el inicio de las actividades de transporte:
Regular de pasajeros. Turístico de pasajeros. Carga. Las empresas, luego de inscritas en el RUC, deberán solicitar la Concesión de Ruta, Permiso de Operación o Constancia de Empadronamiento, según corresponda, ante la Dirección General de Circulación Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones.


e. Actividades Agroindustriales
e.1 Procesamiento de flora y fauna silvestre: para el inicio de sus actividades las empresas deberán previamente obtener, luego de su inscripción en el RUC, la autorización de la instancia correspondiente del Ministerio de Agricultura.
e.2 Beneficio de ganado y aves: para el inicio de sus actividades las empresas deberán previamente obtener, luego de su inscripción en el RUC, la autorización sanitaria del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA.
e.3 Producción de plaguicidas de origen vegetal: para el inicio de sus actividades las empresas deberán previamente obtener, luego de su inscripción en el RUC, la autorización sanitaria del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA.

3. Registro de Inversión Extranjera
Las inversiones extranjeras destinadas al capital de una empresa, así como las formalizadas contractualmente con una empresa peruana, incluyendo las asociaciones en participación y cualquier otra forma de asociaciones de riesgo deben registrarse ante la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN.
Para tal efecto, se deberá presentar una solicitud, adjuntando la siguiente documentación, según el tipo de aporte efectuado:
a. Aportes en moneda libremente convertible:
En los casos de constitución de empresas, inversiones en bienes ubicados físicamente en el territorio nacional y en contratos de asociación o similares, se acompañará copia del documento o documentos que certifiquen la canalización de los aportes a través del Sistema Financiero Nacional, en los que debe figurar el nombre o razón social del inversionista como girador en el exterior, contra cuenta abierta en banco o entidad financiera del exterior a nombre de la empresa receptora de la inversión.
Cuando los aportes son destinados a la constitución de empresas, podrá acreditarse el giro a nombre del mandatario o apoderado del inversionista, debiendo certificarse tal condición.


b. Aportes producto de la capitalización de obligaciones privadas con el exterior:
Deberá acreditarse la existencia de la obligación pendiente de pago, mediante presentación de copia de los documentos contables correspondientes.
c. Aportes en bienes físicos o tangibles, inclusive en el caso de contratos de asociación en participación o similares:
Se acompañará copia de la factura comercial, libre de pago, y de la póliza de importación emitida por la Administración de la Aduana correspondiente.
d. Aportes en contribuciones tecnológicas intangibles:
Se acompañará copia del certificado de registro de marca, patente u otro elemento de propiedad industrial, expedido por el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección a la Propiedad Intelectual (INDECOPI) que acredite el derecho, vigente, a nombre del inversionista, así como copia del Acta de la Junta de Directorio o de la Junta de Accionistas, donde conste la confirmación de la valorización efectuada, o copia del contrato correspondiente, en el caso de asociaciones en participación o similares.
e. Aportes en moneda nacional con derecho a giro, por concepto de utilidades, dividendos, regalías u otro tipo de acreencias devengadas
Deberá acreditarse, mediante copia de los documentos contables pertinentes, la disponibilidad de los recursos con derecho a giro. Adicionalmente, en el caso de regalías, deberá adjuntarse copia de la Resolución de Registro, ante el organismo nacional competente, del contrato que generó la obligación.
Además, para todos los casos se adjuntará:
Copia de la Escritura Pública de Constitución de la empresa o de la sucursal, según corresponda, con la constancia de inscripción en el Registro respectivo. Copia del asiento contable de capitalización. En el caso de joint ventures contractuales, deberá acompañarse copia del correspondiente contrato.
4. Licencia Municipal de Funcionamiento
Es la autorización para desarrollar una determinada actividad comercial en un local determinado de la sociedad, y se solicita ante la Municipalidad de la jurisdicción, donde está ubicado el mismo.
Formalización de una Empresa
Una de las primeras decisiones a adoptar por el promotor o promotores de una nueva empresa, una vez estudiado el Plan de Negocio y analizada su viabilidad, es la elección de la forma jurídica a adoptar (Empresa Individual, Sociedad Civil, Limitada, Sociedad Anónima...)
El propósito de formar jurídicamente una empresa es limitar la responsabilidad de los socios o personas. Las personas que constituyen la Sociedad convienen en aportar bienes o servicios para el ejercicio en común de actividades económicas. Los promotores de la sociedad deben adoptar alguna de las formas previstas en esta ley.
La sociedad es una persona jurídica(reconocida por la ley), distinta a los socios que la forman y es ella la que resulta dueña de los bienes que los socios aportan. Efectuando el aporte, los socios no son dueños de los bienes aportados, sino de una acción o derecho respecto a la sociedad. A continuación encontrará un cuadro comparativo con las principales formas jurídicas y algunos de los datos a tener en cuenta al hacer la elección.






1.-Distintas formas Jurídicas de Constitución:



Tipo de Actividad a ejercer.- Hay leyes que exigen para desarrollar algunas actividades obligatoriamente tomar algún tipo de sociedad. Por ejemplo para ser banco debe ser Sociedad Anónima.
No se permite empresas con inversión extranjera en la Empresa individual de Responsabilidad Limitada. E.I.R.L.

Obligatoriedad de cumplir las formalidades cuando se modifican los estatutos de las sociedades.


Recientemente la Corte Suprema ha declarado que los efectos de una modificación del estatuto de una sociedad (Documento de constitución y funcionamiento) quedan suspendidos hasta que se cumpla con la solemnidad de hacer la modificación por Escritura Pública y que se inscriba en el Registro, esto de conformidad con el artículo 5 de la Ley General de Sociedades.La resolución de la Corte Suprema Nº 1924-02 dispuso que la modificación del Estatuto Social, en donde se acordó que cualquier controversia entre los accionistas de la sociedad o entre los accionistas y la sociedad, se sometería a arbitraje, no tiene fuerza legal, porque no cumplió con hacerse notarialmente y con inscripción en el registro

QUE SE REQUIERE PARA FORMAR UNA EMPRESA EXITOSA



1.- Tener una buena idea.
2.- Que la idea no sea suficiente o debidamente explotada y que exista una necesidad por parte de la población.
3.- Hacer un plan de desarrollo de un proyecto para hacer realidad la idea que incluya por lo menos una parte que trate la relación entre los socios; otra de extracción, transformación, producción de bienes o servicios; y otra sobre comercialización del negocio.
4.- Redactar una carta de intención entre los posibles socios en la cual se indique el negocio que piensan formar, los aportes que se comprometen a hacer, cómo se distribuirán las ganancias, la solución de problemas, etc.
5.- Concluido los pasos anteriores, se puede seguir con la formación de una empresa decidiendo primero qué tipo de sociedad jurídica es la que mejor se acomoda al negocio que se quiere hacer. En este sentido existe la Empresa Individual de Responsabilidad Limitada, la Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada, la Sociedad Anónima y la Sociedad Anónima Cerrada.
6.- Después de haber decidido la sociedad que más conviene se debe continuar con los siguientes pasos:a) Realizar un contrato de sociedad en la forma de Minuta. Debe revisarse que en el Registro Público que no exista ya una sociedad con el mismo nombre. (verificar con la Municipalidad si le otorgarán Licencia en el Distrito que usted piensa llevar adelante el negocio. También con la entidad correspondiente en caso de requerirse permisos especiales).b) Posteriormente en la Notaria se elabora la Escritura Pública que es el contrato transcrito en el papel del Colegio de Notarios y firmado por el Notario.c) La Escritura Pública se inscribe en el Registro Mercantil.Inscripción en Sunat y Essalud (inscripción de RUC y de Trabajadores). d) Obtener permisos para casos que requieren según Ley como Grifos (según la Ley de Hidrocarburos), Clínicas (según la Ley de Salud), permisos de Pesca (según Ley de Pesquería), etc. f) Autorización de Libros de Planillas en el Ministerio de Trabajo. g) Proceder a la legalización de Libros de Actas y Contabilidad en la Notaría. h) Obtener Licencia Municipal de Funcionamiento.

IDEAS PARA INICIAR UNA EMPRESA O NEGOCIO EXITOSO




1. ¿Cual es el mejor negocio para mi y mi familia? Para descubrirlo, tienes que explorar tus talentos, intereses, pasiones y luego buscar una manera práctica de transfórmalos en ganancias. Por ejemplo, ¿Eres un experto en la cocina italiana? Pues conviértete en chef personal o dicta clases de cocina a pequeños grupos. ¿Te gustan el arte y escultura? Inicia una galería de arte en tu casa.
"Cuando haces lo que te gusta, es mucho más fácil enfrentar los desafíos asociados con poner un nuevo negocio en forma exitosa."
Para elegir el negocio correcto debes conocerte a ti mismo. Por eso, antes de escoger un negocio nuevo debes hacer una evaluación profunda de tus habilidades, intereses y pasiones para determinar cuál negocio es mejor de acuerdo a tus deseos y necesidades. Debes considerar factores tales como... -Tus sueños personales y familiares -Tu estilo de vida actual y preferido -Tus capacidades innatas -Tus experiencias previas -Tus preferencias personales -Tus recursos tangibles e intangibles -Tus metas a corto, medio y largo plazo
Posiblemente, ya tienes una idea de negocio. Ten cuidado. Una nueva idea para un negocio puede ser muy seductor e incluso darte una especie de euforia. Aunque necesitas ser motivado, muchas veces el entusiasmo mal controlado puede distorsionar tu juicio. A veces, este sentido de euforia es muy parecido a la experiencia de enamorarte. Así que, hay que tener la fuerza de voluntad para controlar tu entusiasmo y tomar el tiempo debido para analizar la factibilidad de tu idea de negocio antes de casarte con dicha idea. Es muy importante hacer esto antes de dejar tu empleo, invertir tus ahorros o dedicar tu tiempo valioso a lanzar una empresa nueva. Hazte las siguientes preguntas... 1. ¿Te interesa de verdad este negocio en particular? 2. ¿Llena este negocio una necesidad o deseo no satisfecho? 3. ¿Existe suficiente demanda de los consumidores para sustentarlo? 4. ¿Puedes competir exitosamente en el mercado? 5. ¿Quienes serán tus competidores? ¿Cuales son sus fortalezas y debilidades?
2. Evalúa varios tipos de negocios y toma en cuenta tus preferencias personales tanto como la rentabilidad del proyecto. Iniciar y desarrollar un negocio nuevo implica tomar un gran número de decisiones. Una vez que tengas una buena idea acerca de que clase de negocio quieres iniciar... Debes considerar cuatro alternativas importantes y decidir si vas a...: 1. Crear tu propio negocio de cero 2. Adquirir un negocio existente 3. Comprar una franquicia
Cada alternativa de negocio tiene varias ventajas y desventajas. Algunos de los factores que tienes que considerar son...
-El capital de inversión requerido -Las probabilidades de éxito -La utilidad esperada -La exclusividad que ofrece cada alternativa -El nivel de competencia y saturación que hay en el mercado, etc.
Por eso, debes evaluar todas las ventajas y desventajas de cada opción antes de dar el salto al mundo empresarial. No hacer este paso crítico en forma correcta, resultará en errores costosos y perdida de tiempo valioso. Si no sabes que tipo de negocio debes poner, debes de buscar ejemplos de ideas para negocios prácticos, comprobados y rentables que puedes empezar con poco dinero.

3 PASOS CLAVES EN EL PROCESO DE EMPEZAR UN NUEVO NEGOCIO



1. Busca un "nicho lucrativo" en el mercado y explota un deseo o necesidad que nadie está atendiendo. ¿Alguna vez has pensado, "Si alguien pondría tal negocio se haría multimillonario?" ¿Por qué no lo haces tú mismo? Cuando puedas proporcionar un producto o servicio y satisfacer una demanda que está siendo mal atendida, tendrás una fuente de clientes potenciales en forma instantánea.
"La clave de tu éxito como empresario será descubrir algo que realmente te gusta hacer que a la vez satisface un deseo o necesidad en el mercado. Idealmente, debes solucionar un problema significativo para tus clientes", Es decir, "Da a tu clientes lo que quieren y siempre obtendrás lo que deseas."
Si encuentras demasiada competencia en un mercado específico, te convendría buscar otro segmento del mercado menos saturado o hacer tu propio nicho en el mercado.
Crear un nicho te ayudará a establecer un mini-monopolio que te permite tener una fuerte influencia sobre tus clientes objetivos. Bien implementada, esta estrategia es muy poderosa y dinámica.
Descubrir un nicho extremadamente lucrativo es un proceso que requiere mucha experiencia, tiempo y evaluación. Sin embargo, es un paso clave para el éxito de tu negocio en un país ultra-competitivo. 2. Espía tus competidores
Descubre quién ofrece el servicio o producto que quieres comercializar y define cuáles son las diferencias obvias y ocultas entre tu y tus competidores. Un poco de competencia no hace daño, siempre y cuando puedas ofrecer un producto o servicio único con una o más ventajas competitivas que significan un alto valor percibido para tus clientes.
Demasiada competencia puede ser un problema serio. Si el mercado está muy saturado, probablemente tendrás que bajar tu precio u honorarios para conseguir nuevos clientes. Si realmente quieres ganar mucho dinero con facilidad debes evitar los mercados saturados.
3. Date cuenta que el marketing y la venta son las únicas actividades qué generan el verdadero flujo de caja para tu negocio.
El error más grave que cometen los dueños de negocios fracasados es olvidarse que las únicas actividades que generen flujo de dinero son el marketing y la venta. Cualquier otra actividad significa un gasto de tiempo o dinero. Si puedes recordar esta verdad eterna, multiplicarás tus probabilidades de éxito en 200 por ciento.
Un estrategia de marketing bien implementada te ayudará a obtener un flujo constante de nuevos clientes y un flujo de caja lo cual es como oxigeno para tu empresa. Si no estas dispuesto a aprender cómo promover y vender tu producto o servicio es mejor que busques un trabajo común y corriente. En el mundo empresarial, la dura realidad es que la gente que no puede "Marketear" y Vender siempre tiene que trabajar para alguien que puede promover y vender. Porque sin las ventas no entra dinero para pagar todo.

NEGOCIO EN INTERNET



A continuación algunas razones por las cuales poner tu negocio en la internet. No importa que tipo de negocio quieres tener, si sabes explotar la internet en forma correcta, puedes vender a más clientes así como ganar mucho más dinero.
1. El mejor lugar para ubicar tu negocio es la nueva zona "que no paga renta"
En el mundo físico de los negocios, todo el mundo sabe que la clave para generar números masivos de clientes potenciales es tener un local, tienda u oficina bien ubicado. Hoy en día, esta regla de oro sigue vigente. Sin embargo, algo increíble ha cambiado la regla en el siglo XXI. Sí quieres que tu negocio sea exitoso, siempre debes encontrar la mejor ubicación posible.
Pero actualmente, ese lugar ideal no es un local de alto alquiler en un "centro comercial elegante" y tampoco es un sitio con mucho movimiento vehicular al lado de la carretera. No, hoy en día el mejor lugar para ubicar tu negocio está cerca y también lejos. La mejor ubicación del mundo para tu negocio se encuentra en el ciberespacio o sea en la Internet.
Cuando tu negocio esta "online" se apreciará en las pantallas de las computadoras de millones de personas que utilicen la internet antes de que salgan de la casa para hacer cualquier compra importante.
Muchos de ellos buscan más información en línea antes de mirar en cualquier otro lugar. ¿Por qué no? La selección es tan extensa. Las tiendas, o sea los websites siempre están abiertos las 24 horas al día, 7 días por semana, 365 días por año y nunca hay problemas para estacionarse.
2. Tu negocio puede estar presente en millones de casas y oficinas a nivel mundial por menos de $25 al mes De repente, un local de alto-alquiler ha sido substituido por un local en ciberespacio que puede costarte menos de $25 por mes. En el siglo XXI, todo el mundo está aprendiendo a hacer sus compras de una nueva manera rápida y fácil. Esa nueva forma de comprar es la internet. Y aún mejor les encanta comprar en linea.
Los consumidores están pasando menos tiempo leyendo los libros, revistas y periódicos. Además, su tiempo viendo televisión es 37 % menos que las personas que no utilizan la Internet, la cual está creciendo a una tasa más rápida que cualquier otro medio de comunicación. Si tu negocio no esta "online", simplemente no existe para un gran segmento del mercado a nivel nacional y mundial. Como microempresario, debes interpretar estos cambios radicales como muy buena noticia porque ya sabes el gran valor estratégico de tener una ubicación dinámica. Y todo el mundo sabe que en el mundo físico alquilar un local bien ubicado es muy costoso. Pero hoy en día, la ubicación más lucrativa y económica está al alcance de cualquier persona con una computadora y línea telefónica. De hecho, es casi gratuita. En fin, míralo de esta manera. Cuando tu negocio esté en el ciberespacio tendrás millones de puntos de venta ubicados en las casas y oficinas de los clientes potenciales más calificados para comprar tus productos y servicios.
3. Algunas razones por las que debes de ubicar tu negocio en ciberespacio Desventajas de tener un Negocio Tradicional (con un local físico) Costo del alquiler es alto Alta inversión / Alto riesgo Horas de operación limitadas Requiere empleados para operar Área geográfica limitado Siempre hay que vestirse bien o usar un uniforme Tienes que operar de un lugar específico Problemas con zonificación




Ventajas de tener un Negocio Virtual (con un website)



No hay alquiler, sólo hosting ($60 o menos al año) Muy baja inversión / Bajo riesgo Abierto las 24 horas al día No requiere empleados para operar en el mundo entero / Mercado internacional Puedes vestirte como quieras / Operar de cualquier computador en el mundo Zonificación es irrelevante.


lunes, septiembre 28, 2009

EL LIDERAZGO…

¿Qué es ser un líder? ¿Qué características deberá poseer aquella persona a la que se le considera guía de un grupo? Indefectiblemente un líder señala el camino hacia el propósito de un grupo al cual representa y no, por el contrario, emplea al grupo para alcanzar su objetivo.
El proceso de toma de decisiones es muy importante pues marcara la senda del grupo. Es además, el proceso más complejo pues constantemente está envuelto en discrepancias de criterio o de puntos de vista, que en caso de ser alturadas bien dirigidas ayudaran a la toma de una decisión optimizada.
El líder deberá tener una serie de características y podemos aprenderlas si queremos ser guías (en caso tú quisieras ser solamente un seguidor y no un líder te recomiendo ya no sigas leyendo):

· Fomentar la innovación, creatividad y generar sinergias
Probablemente muchos de nosotros hayamos tenido alguna idea innovadora en alguna parte de nuestra vida y de pronto nos topamos con una inmensa pared de ladrillos: el rechazo a nuestra medida, la probable desaprobación e inclusive la burla. Pues bien, la innovación no puede manifestarse o no puede impulsarse en un clima no propicio, por ejemplo: el jefe de una compañía no debe pretender ser el gurú sino más bien un adecuado moderador que sepa dirigir y administrar los esfuerzos de sus dirigidos hacia la toma de decisiones importantes. Fomentar el cuestionamiento de decisiones es un importante paso para tumbar esas paredes mentales que se erigen sin querer en nuestras organizaciones. El mostrar la creatividad e incentivarla dentro del ambiente no solo laboral sino familiar, al igual que el fomento de sinergias o el trabajo colectivo marcaran la pauta de nuestro desarrollo.

· Aprender de los errores
Aprender de los errores pone de manifiesto la capacidad del ser humano de almacenar información favorable o no para la toma de decisiones futuras que nos ayudarían a ahorrar un esfuerzo y todo ello basado en nuestra experiencia. Sin embargo existe un gran problema si es que únicamente nos concentramos en el pasado para elegir el camino mas adecuado. Las decisiones deben basarse en un “estudio” del pasado pero con perspectiva futura. No debemos malinterpretar las lecciones del pasado para justificar acontecimientos actuales manteniéndonos estáticos o sin reacción aparente. Si comiendo tallarines me manche la camisa favorita, no significa que nunca mas deba comer tallarines con la camisa puesta, eso seria un error. Lo que debo hacer es comer con más cuidado en el futuro. Es verdaderamente crucial que haya una comprensión real del pasado, y debemos relacionarla con el presente y sobre todo con una visión a futuro.

· Análisis de opciones contrarias
En la toma de decisiones es muy común que la gente trate de ir por el camino ya seguro, por temor al cambio o por prejuicios a ideas innovadoras (aunque de repente podría darse el caso que el ambiente no es propicio para el cambio, ¿no?) . Se debe procurar la evaluación con cuidado de la situación, definir las cuestiones críticas y especificar la solución. Una manera de enfocar las decisiones contrarias es mirar el resultado deseado y ver cual de las opciones realmente servirá para lograrlo. Este enfoque se complicará debido a una serie de factores que pueden ser relevante para determinados sectores por la necesidad de priorizar metas, reducir costos, minimizar el uso de tecnología, etc. y pues a menudo se debe sacrificar el algún o algunos de estos puntos a fin de llegar a la meta.

· Delegar
Esto implica varias etapas:
§ Prepararse para delegar: se debe tener en claro cuáles son los motivos por los cuales hay que delegar y qué es lo que se pretende con la delegación.
§ Elegir a la persona adecuada para la tarea: la persona que se desempeñara en el e cargo debe ser capaz de entenderlo y además ser competente para poder realizar adecuadamente el trabajo. § Debatir y acordar objetivos: siempre es necesario hablar de las metas y objetivos del proyecto, así como también de los recursos, tiempos, plazos y debemos llegar a un acuerdo. No esta demás hacerlo por escrito.
§ Proporcionar recursos y nivel adecuado de autoridad: debemos brindar recursos para poder hacer la tarea. Además, definir y hacer notar el nivel de autoridad sin caer en el abuso de poder sobre otros elementos actuantes. Brindar apoyo cuando se requiera. § Monitorear el avance: monitorear una tarea no equivale a desentenderse de lo que ocurre en ella. Por el contrario, tampoco estorbar o interferir ni distraer, sino verificar el avance de acuerdo con los objetivos trazados.
§ Revisar el avance general: implica cotejar los resultados con los objetivos finales. Ofrece una oportunidad de aprender tanto a la parte que delega como al delegado.


· Darle poder a la gente
Significa permitir que la gente haga su trabajo, alentando a quienes estén mas cerca de la toma de sus propias decisiones, conscientes del grado de responsabilidad. Se requiere de apoyo, confianza y voluntad para que la gente practique mejor sus ideas. Los líderes deben:
Establecer un rumbo claro y asegurarse que su gente no de desvíe del rumbo.
Alentar el espíritu innovador y aprovechar esta iniciativa de innovación.
Tengan pleno conocimiento de lo que ocurre.
Crear ambientes favorables, de apoyo y sin culpas.
Apoyen con frecuencia.
Los líderes tomen decisiones cuando otros no las puedan tomar.
Evalúen constantemente el desempeño y recompensen lo avances.
Compartan información.


· Motivar a la gente: A fin que las personas implementen sus decisiones con éxito y tengan la seguridad para tomarlas, deben estar motivadas. En un equipo, el líder debe saber que es lo que ocasiona la motivación del grupo, que influencias externas los están afectando y cuál es el papel del líder. Las personas responden mejor cuando entienden lo que estan haciendo y sobretodo por qué. Un buen lider debe tener una vision acertada de los acontecimientos, así como de las acciones a tomar (y deben de ser realistas) a fin de mantener de pie a la organización en épocas favorables así como también en las difíciles.


· Servir a los clientes y administrar cambios Para una empresa comercial, el conocimiento de los clientes resulta decisivo para el accionar. Pero los mercados y los clientes componentes siempre están sujetos a constantes cambios. Por ello, es necesario que el líder oriente a la empresa a dónde, cuándo y por qué se producen los hechos para garantizar que las decisiones tomadas no sean erróneas ni resulten perjudicados los clientes con las circunstancias cambientes. una recomendacion es por ejemplo, enfrentar a tiempo los problemas y sus causas originales a fin de evitar la toma apresurada de decisiones y el error impulsado por la premura.

· Comunicar Todas las decisiones deberan ser comunicadas a aquellos que se veran implicados directa e indirectamente de las mismas a fin de evitar malentendidos. Dicha explicacion debe poner en manifiesto enn donde residen los problemas o dificultades, asi como también los posibles beneficios. La comunicacion debe ser constante a lo largo del proceso de toma de decisiones a fin que las partes afectadas se sientan también participes y de esta manera sientan respaldados.

·El manejo de las decisiones críticas Se basa en los siguientes puntos *Equilibrar los detalles con un panorama general. Es decir, preste atención a los detalles pero sin perder el objetivo de la vista. *Confie en la intuición. Confiar en el criterio, aceptar la responsabilidad y no eludir la toma de decisiones. *Manténgase comprometido. las decisiones más difíciles requieren de un profundo análisis y juicios de valor por lo que cualquier duda en el compromiso pueden hacer que la decisión óptima y su implementacion de de desvanezcan rápidamente. *Evite la parálisis por exceso de análisis. Es obvio que tomar una decisión y estudiarla no requieren de poco tiempo. Pero el excesivo análisis causado por miedo al fracaso no debe ser un obstáculo. Sabemos que el factor riesgo es una constante en todo proyecto, pero tampoco tampoco eso debe desviar nuestra atención. *Evalúe todas las opciones disponibles. Evite la vision del túnel y considere cómo la decisión afectará a otros. Comprenda el resultado de esa decisión en la práctica y reconozca cuáles son las expectativas y el entorno en el cuál se está tomando esa decisión. se ha visto que caer en la parálisis es perjudicial, pero el hecho de pensar que la investigacion e obsoleta es también riesgosa. *Minimize los riesgos. Se podrían plantear las siguientes preguntas por ejemplo: ¿Cuáles serían las consecuancias del fracaso?¿Cuáles son las probabilidades de fracasar? ¿Cuáles son las alternativas, y cuáles son las consecuencias y las probabilidades que estas también fallen? ¿De qué modo se puede minimizar el factor riesgo? *Base sus decisiones en la mejor informacion disponible. Para tomar adecuadamente una decisión hay que estar debidamente informado. *Sea práctico. cuando la situación es confusa y siente que se esta divagando piense un alternativa diferente a llenarse de detalles, como por ejemplo: "¿qué es lo que se está tratando de lograr?". Algunas decisiones críticas suelen fracasar porque aunque en el papel parecen sencillas, en la praxis son inposibles de realizar.

jueves, septiembre 17, 2009

MONOPOLIO EN LA FIC-UNI?? ALGUNOS DATOS DE NUESTRO JUEGO...

Aunque no lo crean, estos casi ingenieros tuvieron que remembrar sus tiempos de adolescencia y jugar nuevamente el queridísimo MONOPOLIO. Aunque por ahí no falto aquel que quería juagr botella borracha...no se pasen!!



Ahí les va la secuencia::::::::::::::::::::::::::::::

  • El chato Crhysca trajo un par de latas para ponerle más emoción al juego...salud!

  • Yo en pleno juego lanzando los dados...doble!!!

  • Siempre hay algunos problemitas debido a la ley de la "auténtica interpretación"

  • Luego de larguísimas horas de juego, siempre es bueno una siestecita...ZZZzzz!!!

  • Se acabo el juego...me mandaron a la banca rota!!





ALGUNOS DATOS DE NUESTRO JUEGO

TABLA DE VARIACION DEL DINERO EN EL TIEMPO...(BIEN UNI NO?)


GRAFICA DE VARIACION DEL DINERO EN EL TIEMPO (DIOS QUE LEVEL!!)


Además...
  • El Monopolio es un juego de suerte, estrategia y habilidades personales.
  • No hay estrategia alguna que garantice una victoria y ésta es una de las razones por las que el Monopoly es tan interesante.
  • En cualquier juego un novato puede ganar a un jugador experto. Aún así, hay unos cuantos trucos derivados del cálculo de probabilidades que pueden ayudar a un jugador a tener más posibilidades de ganar.
  • Si lo unes a una buena habilidad personal para negociar, las opciones aún serán mayores. En cuanto a esto de las habilidades, como regla general, debes pensar lo que tus oponentes desean y ver si puedes apañar una negociación con ellos que sea buena para ambas partes. Este tipo de negociación es tan vital en el Monopoly como en la vida real.
  • La estrategia del jugador novato es "comprarlo todo". Pero no puede ser. La clave para ganar al monopoly se basa en hacer las inversiones correctas y tomar las decisiones apropiadas en las diferentes fases del juego.
  • La llave matemática pasaría por saber las probabilidades de recuperar la inversión hecha en la compra de propiedades, casas y hoteles en las diferentes opciones.

LA ESTRATEGIA QUE DEBES SEGUIR EN EL MONOPOLIO...AUNQUE YO PERDI...

Nota: Dividimos el tablero en 4 partes. La 1 es el primer tramo tras la salida y siguen la 2, 3 y 4 correspondiéndose con los cuatro lados. A los grupos completos de propiedades del mismo color los llamaremos GC.

  • Siempre compra estaciones. Nunca compres servicios (habitualmente electricidad y agua) a no ser que te los vendan muy baratos. Para cualquier otra propiedad, solamente cómpralas para obtener un monopolio (igual color) o para evitar que los oponentes completen uno. Habitualmente esto significa comprar todas las propiedades que puedas en las primeras rondas del juego... pero siempre chequeando un ojo a tus reservas, claro.
  • Al principio del juego céntrate en adquirir un grupo de color completo (en adelante lo llamaremos GC) en las partes 1 o 2, incluso si ello significa sacrificar la compra de propiedades en las caras 3 o 4. Después de adquirir uno de estos GC pon 3 casas tan pronto como sea posible. Ni más casas ni menos.
  • Una vez que tu primer GC empieza a generar dinero y céntrate en completar un GC y poner 3 casas en las caras 3 o 4 NOTA: 3 casas representa el "punto caliente" en el juego tal como se muestra en la Tabla adjunta, o sea, el punto en el que estás haciendo el mejor uso del dinero.
  • Propiedades sueltas es la inversión menos buena si no tienes posibilidad de construir en ellas. La sóla excepción en las reglas anteriores sucede cuando necesitas adquirir propiedades sueltas para evitar que tus contrincantes puedan completar sus GC.
  • La cárcel puede ser buena. Permanece en la cárcel todo lo que puedas si eloponente tiene su propio monopolio ya que en este punto del juego andar moviéndote por el tablero puede significar perder dinero. Si nadie tiene un GC o monopolio paga la multa y deja la cárcel lo antes posible ya que necesitas estar en la carrera por adquirir propiedades y conseguir el salario que cobras por pasar por la salida. - Una excepción interesante. Si necesitas adquirir la primera y/o la segunda de color naranja (tramo 2) para completar tu GC naranja entonces trata de salir de la carcel sacando un doble con los dados. Esto incrementa las posibilidades de caer en alguna de esas dos propiedades en un 25%.

EL MONOPOLIO... su historia...¿¿¿dime que no lo jugaste???



La palabra “monopoly”, hace alusión al significado económico que ello implica: un solo dueño del mercado. El juego se basa en uno creado por Elizabeth Maggie y que además fue patentado en 1903,y fue conocido como The Landlord's Game. El juego se volvió rápidamente muy popular en los Estados Unidos en los años siguientes, editándose en varias formas y versiones sin pleno conocimiento y control de su autora.

Charles Darrow, en 1935, un vendedor patentó la versión de Atlantic City bajo la denominación Monopoly. Tuvo un primer intento de venderlo a la empresa juguetera Parker Brothers, pero fracaso y por ello inició una producción del juego que resultó tener éxito inesperado. Luego Parker toco a su puerta para hacerse de los derechos del juego.

La compañía Parker Brothers, ahora dentro de la multinacional Hasbro, difundió únicamente la información que el juego había sido creado por Charles Darrow (en 1935) por motivos netamente de marketing. Sin embargo la autoría corresponde a Elizabeth Maggie (en 1903) y el origen del Monopoly es únicamente una evolución de juegos anteriores (todos ellos derivados de The Landlord's Game). Este hecho ha sido incluso reconocida por los tribunales estadounidenses durante el juicio de Parker vs. Ralph Anspach, ocurrido entre 1975 y 1986 cuyo motivo fue la publicación de un juego de mesa titulado Anti-Monopoly.

Una particularidad del juego es que muchos jugadores crean sus propias reglas caseras, o aprenden reglas caseras de otros jugadores. Sin embargo, Monopoly tiene su propio reglamento explícitamente escrito. La esencia de este reglamento escrito ha cambiado poco desde que se patentó Monopoly en 1935. Sólo algunos pocos detalles han evolucionado, como el detalle acerca del valor de impuestos que deben pagara los jugadores que caigan en los dos espacios denominados AGUA Y LUZ, que tiene el tablero. Las reglas han sido reformuladas un poco por aclaración, pero la esencia no ha cambiado.

En el año 2004, por motivo del centésimo quincuagésimo aniversario de la fundación de Atlantic City, el diario Courier-Post de la parte sur de New Jersey publicó una serie de artículos en línea acerca de los lugares de Atlantic City nombrados en Monopoly. En ellos se describió como eran las calles y alrededores de Atlantic City en la época de Charles Darrow en los años treinta, y cómo han ido cambiando. El hijo mayor de Darrow, William, quien ayudó a su padre a hacer a mano los juegos de Monopoly, y quien ha sido un agricultor en Pensilvania, fue uno de los entrevistados para esta serie de artículos. También fue entrevistado Phil Orbanes, un antiguo empleado de Parker Brothers, que trabajaba en la división de diseño de Monopoly y quien publicó un libro acerca de la historia y estrategia del juego.

Sabias que existe el Anti-Monopoly.... no creo!!

Otra de las versiones que se hizo famosa por sus consecuencias legales fue ANTI-MONOPOLY, creado por un profesor universitario, Ralph Anspach, que le ganó un juicio a Parker Brothers (hoy propiedad de Hasbro INC). En este juego, el objetivo es romper los monopolios y no crearlos, es decir, lo contrario al Monopoly original.

Durante el juicio Anspach demostró que su juego tenía un espíritu opuesto al del original por lo que no podía ser considerado una copia. Además se comprobó que Parker Brothers había mentido respecto del autor y el momento de la creación: el juego fue creado por una mujer ( Elizabeth Maggie) en 1903 y no por Charles Darrow en 1935, como sostuvo la empresa por cuestiones de marketing. La historia completa del ANTI-MONOPOLY
puede leerse en sitios web...les juego el dato...